La nueva Ley de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, ya entró en vigor el pasado 22 de septiembre. En Studi Inmobiliaria te contamos en qué consiste esta nueva ley del alquiler.
La nueva norma tiene como objetivo frenar los precios del alquiler y se aplicará cuando esa vivienda esté destinada a residencia permanente del arrendatario y cuando la vivienda se sitúa en un área declarada como mercado de vivienda tenso, esto es, donde no haya suficientes viviendas para poder alquilar a un precio asequible para cualquier persona.
Por lo tanto, no se aplicaría en los contratos de arrendamiento de vivienda que estén sujetos a regímenes especiales de determinación de la renta ni a los contratos suscritos antes del 1 de enero de 1995, tampoco se aplicará a los contratos que tienen por objeto viviendas sujetas a un régimen de protección oficial, los de carácter asistencial, los que tienen por objeto viviendas integradas en redes públicas de viviendas de inserción o mediación para el alquiler social o en el Fondo de Vivienda de alquiler destinados a políticas sociales, ni los que se suscriban de acuerdo con las disposiciones legales aplicables al alquiler social obligatorio.
La nueva ley se va a aplicar en 60 municipios de más de 20.000 habitantes, incluyendo las ciudades de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.
A partir de ahora, el precio de la renta en las zonas declaradas como mercado de vivienda tenso, no se podrá aumentar con respecto al contrato anterior si este contrato se firmó en los últimos 5 años y además, no podrá superar el Índice de Referencia de Precios de la Generalitat.
No cumplir la norma puede incurrir en infracciones leves y graves, con multas que pueden ir desde los 3.000€ a los 90.000€ si el propietario cobra una renta por el alquiler por encima del precio del Índice, si se falsea el precio de referencia o si no se adjunta al contrato.